00:02Costa Rica tiene un año de contar con la ley de extradición de nacionales, pero hasta ahora las personas requeridas
00:08por otros países solo podían ser detenidas en espacios públicos.
00:12Esto cambió con la entrada en vigor de una reforma al artículo 7bis, que habilita allanamientos con fines de aprehensión
00:18cuando exista una solicitud formal de extradición.
00:20En ocasiones anteriores, cuando teníamos ubicado a una persona extraditable, nacional o extranjera, no podíamos solicitar allanamiento.
00:31Teníamos que hacer vigilancias y demás a la hora y esperar en qué hora o en qué momento esa persona
00:37salía de ese recinto, de esa casa de habitación.
00:39La reforma a la ley de extradición fue publicada en el alcance 70 del diario oficial La Gaceta y responde
00:45a una necesidad que el organismo de investigación judicial venía señalando desde hace meses.
00:49Es muy válido y necesario esta reforma siempre y cuando se garantice el debido proceso donde se presenten los estándares
00:58de justificación probatoria suficientes sobre la vinculación de la persona con el hecho delictivo.
01:04Con la nueva normativa, será un juez quien autorice el allanamiento.
01:08En momentos en que estemos en una vigilancia y sabemos que dentro de un recinto, una casa de habitación, esté
01:15una persona requerida para ser extraditada.
01:17Y a partir de esa circunstancia le solicitaríamos al juez correspondiente que nos dé una orden de allanamiento para entrar
01:26y poner bajo custodia esa persona.
01:28La ley establece que estas diligencias podrán ejecutarse cualquier día de la semana, incluso durante noches y feriados, siempre bajo
01:36control judicial.
01:36El realizar los allanamientos en estos casos, pues por supuesto permite acceder a gran cantidad de evidencia incriminatoria y sustentar
01:46con mayor fortaleza el caso de la investigación ante las instancias judiciales hacia el país donde lo está requiriendo.
01:54Esta reforma fue aprobada por los diputados desde abril anterior.
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